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Diferencia entre el aval y la fianza

La principal diferencia jurídica es que la fianza pertenece al ámbito del Derecho Civil mientras que el aval al ámbito del Derecho mercantil

En muchas operaciones inmobiliarias ?€?especialmente en la compra de vivienda, la firma de hipotecas o los contratos de alquiler?€? las entidades financieras o los propietarios suelen exigir garantías adicionales que aseguren el cumplimiento de las obligaciones económicas asumidas por el deudor. Entre las fórmulas más habituales destacan el aval y la fianza, dos mecanismos jurídicos que permiten reforzar la seguridad de una operación cuando existe riesgo de impago.

Ambas figuras implican que una tercera persona, física o jurídica, se compromete a responder si el deudor principal no cumple con su obligación. Sin embargo, aunque a menudo se utilizan como si fueran equivalentes, existen diferencias jurídicas importantes que influyen directamente en el grado de responsabilidad que asume quien presta esa garantía. En el ámbito inmobiliario ?€?donde las cuantías económicas suelen ser elevadas?€? entender bien estas diferencias resulta fundamental antes de firmar cualquier contrato.

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